Resumen
Animales de apoyo emocional versus animales de servicio
Los animales de apoyo emocional no se consideran animales de servicio , por lo que no deben ser tratados como tales. Los animales de apoyo emocional solo deben permitirse en hoteles que aceptan mascotas siguiendo las mismas pautas de depósito para mascotas vigentes. Nunca se nos permite pedir ver el arnés de servicio rojo o el papeleo de un animal de servicio.
Nunca se nos permite pedir ver el arnés de servicio rojo o el papeleo de un animal de servicio.
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¿Para qué trabajo o tarea ha sido entrenado el animal?
La respuesta será muy específica . Podría ser para ayudar a encender/apagar las luces, ladrar para acceder a la audición, alertar al propietario sobre cambios en la presión arterial, etc.
Según la ADA, el personal debe confiar en la palabra del patrón y en que el perro es un animal de servicio y en la descripción del servicio, tarea o trabajo que realiza.
El personal debe utilizar la cadena de mando si existe la preocupación de que el animal de servicio represente una amenaza directa o alteraría fundamentalmente los servicios prestados por la propiedad.
Si un animal califica como animal de servicio, aún debe permanecer bajo el control del propietario en todo momento (no sin correa (la mayoría de los perros de servicio), no agresivo ni molestar a otros huéspedes, y no usar el baño dentro de la habitación). Todavía podemos mantener el control de cómo se comportan el animal y los propietarios.
El ACK (American Kennel Club) recomienda encarecidamente a los hoteles que se mantengan estrictos con la política de animales de servicio, porque los verdaderos animales de servicio tienen un propósito y están entrenados para comportarse correctamente. Cuando los hoteles son indulgentes o permiten que los animales de apoyo emocional actúen como animales de servicio, puede empañar la credibilidad y las operaciones de los verdaderos propietarios que tienen una necesidad real de su animal de servicio.
Se puede obtener información más detallada a través del sitio web de ADA para el Departamento de Justicia de EE. UU. , a través de su página con preguntas frecuentes sobre animales de servicio , oa través del sitio web de ACK .
Visión general
Objetivo
- Para cumplir con los requisitos de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades ( ADA ), la Ley de Personas Discapacitadas, las regulaciones finales revisadas del Departamento de Justicia de EE. UU. que implementan la ADA , la Ley de Derechos Civiles Unruh y otras leyes y regulaciones relacionadas con las personas con discapacidades.
- Asegurar que los animales de servicio acompañen a los clientes con discapacidades en todas las áreas de nuestras propiedades donde normalmente se permite el acceso público.
- Brindar pautas para que el personal en la propiedad identifique a los animales de servicio cuando se encuentren con un perro en el transcurso de su empleo.
Política
- Es una política en todas nuestras propiedades que las personas con discapacidades no serán discriminadas y que tendrán acceso, servicios y tratamiento completos e iguales.
- Todos los clientes acompañados por un perro entrenado individualmente para trabajar o realizar tareas para una persona discapacitada deben poder ingresar a todas las áreas del hotel que están abiertas al público en general.
- Todo el personal de la propiedad deberá hacer una consulta mínima cuando el trabajo, el servicio o las tareas realizadas por el perro no sean obvios y aparentes.
Definiciones
Individuo con una discapacidad
Una persona/individuo que:
- Tiene un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más actividades principales de la vida;
- Tiene un registro de tal impedimento; o
- Es percibido por otros como alguien que tiene tal impedimento.
Animal de servicio
Solo los perros que están entrenados individualmente para trabajar o realizar tareas para personas con discapacidades califican como animales de servicio. Los animales de servicio reconocen y responden a las necesidades.
Los ejemplos incluyen, pero no se limitan a:
- Deterioro de la visión de guía
- Alertar a personas con discapacidad auditiva
- Tirando de silla de ruedas
- Recuperando artículos
- Estabilidad y deambulación
- Alertar o proteger a una persona que sufre una convulsión
- Recordar a una persona que tome la medicación
- Calmar a una persona con trastorno de estrés postraumático
- Prevenir o interrumpir el comportamiento impulsivo o destructivo
- Sacar a personas desorientadas de situaciones peligrosas
Perros de confort/apoyo emocional
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Ley federal (ADA) : los perros que solo brindan compañía, consuelo y apoyo emocional no son animales de servicio según la ADA.
- El compañerismo, la comodidad y el apoyo emocional no constituyen trabajo ni tareas.
- El compañerismo, la comodidad y el apoyo emocional no constituyen trabajo ni tareas.
-
Ley de California : en virtud de la Ley de derechos civiles de Unruh, el Departamento de Empleo y Vivienda Justos puede investigar las denegaciones de alojamiento para el acceso a entidades públicas con respecto a los perros de apoyo emocional o de comodidad.
- Negar el alojamiento de un perro de apoyo emocional/consuelo en una entidad pública puede dar lugar a una queja ante el Departamento de Vivienda Justa y Empleo por violación de la Ley de Derechos Civiles Unruh.
amenaza directa
Un riesgo significativo de daño sustancial a la salud o seguridad de otros que no puede ser eliminado o mitigado por una modificación razonable de prácticas o procedimientos o la provisión de ayudas o servicios auxiliares.
El personal de todas las propiedades debe completar una evaluación individualizada al determinar si el animal de servicio representa un hilo directo basado en:
- Un juicio razonable que se basa en el conocimiento médico actual o en la mejor evidencia objetiva disponible. [Juicio]
- La naturaleza, duración y gravedad del riesgo; [Riesgo]
- La probabilidad de que la lesión potencial realmente ocurra; y [lesión]
- Si la modificación razonable de políticas, prácticas, procedimientos o disposiciones de ayudas o servicios auxiliares mitigará el riesgo. [Mitigación]
Alteración fundamental
Un cambio que es tan significativo que altera la naturaleza de la instalación o servicio ofrecido.
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Individual with a Disability
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Service Animal
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Comfort/Emotional Support Dogs
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Direct Threat
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Fundamental Alteration
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Una persona/individuo que:
- Tiene un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más actividades principales de la vida;
- Tiene un registro de tal impedimento; o
- Es percibido por otros como alguien que tiene tal impedimento.
Solo los perros que están entrenados individualmente para trabajar o realizar tareas para personas con discapacidades califican como animales de servicio. Los animales de servicio reconocen y responden a las necesidades.
Los ejemplos incluyen, pero no se limitan a:
- Deterioro de la visión de guía
- Alertar a personas con discapacidad auditiva
- Tirando de silla de ruedas
- Recuperando artículos
- Estabilidad y deambulación
- Alertar o proteger a una persona que sufre una convulsión
- Recordar a una persona que tome la medicación
- Calmar a una persona con trastorno de estrés postraumático
- Prevenir o interrumpir el comportamiento impulsivo o destructivo
- Sacar a personas desorientadas de situaciones peligrosas
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Ley federal ( ADA ) : los perros que solo brindan compañía, consuelo y apoyo emocional no son animales de servicio según la ADA .
- El compañerismo, la comodidad y el apoyo emocional no constituyen trabajo ni tareas.
- El compañerismo, la comodidad y el apoyo emocional no constituyen trabajo ni tareas.
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Ley de California : en virtud de la Ley de derechos civiles de Unruh, el Departamento de Empleo y Vivienda Justos puede investigar las denegaciones de alojamiento para el acceso a entidades públicas con respecto a los perros de apoyo emocional o de comodidad.
- Negar el alojamiento de un perro de apoyo emocional/consuelo en una entidad pública puede dar lugar a una queja ante el Departamento de Vivienda Justa y Empleo por violación de la Ley de Derechos Civiles Unruh.
Un riesgo significativo de daño sustancial a la salud o seguridad de otros que no puede ser eliminado o mitigado por una modificación razonable de prácticas o procedimientos o la provisión de ayudas o servicios auxiliares.
El personal de todas las propiedades debe completar una evaluación individualizada al determinar si el animal de servicio representa un hilo directo basado en:
- Un juicio razonable que se basa en el conocimiento médico actual o en la mejor evidencia objetiva disponible. [Juicio]
- La naturaleza, duración y gravedad del riesgo; [Riesgo]
- La probabilidad de que la lesión potencial realmente ocurra; y [lesión]
- Si la modificación razonable de políticas, prácticas, procedimientos o disposiciones de ayudas o servicios auxiliares mitigará el riesgo. [Mitigación]
Un cambio que es tan significativo que altera la naturaleza de la instalación o servicio ofrecido.
Procedimiento
Revisa los 7 procedimientos
Visión general
- Permitir animales de servicio
- Exclusión/remoción de animales de servicio
- Consulta del personal
- El personal no debe
- Requisitos para animales de servicio
- Razones legítimas para retirar al animal de servicio
- Caballos Miniatura (MH)
1
Permitir animales de servicio: se permitirán animales de servicio en todas las áreas de la propiedad que estén abiertas al público, siempre que el animal de servicio no:
- Representar una amenaza directa; o
- Alterar fundamentalmente las operaciones, políticas, prácticas o procedimientos de la propiedad.
2
Exclusión/eliminación de animales de servicio : toda decisión de excluir animales de servicio de la propiedad se tomará solo después de una evaluación individualizada de que el animal representa una amenaza directa para la salud o la seguridad de los demás, que no puede mitigarse mediante modificaciones de políticas o procedimientos o la disposición de ayudas o servicios auxiliares.
- La evaluación individualizada de la amenaza directa deberá ser realizada por el gerente o el empleado de mayor antigüedad en turno en ese momento.
- La valoración individualizada de la amenaza directa debe basarse en:
- Juicio razonable que se basa en el conocimiento médico actual o en la mejor evidencia objetiva disponible para determinar:
- La naturaleza, duración y gravedad del riesgo;
- La probabilidad de que la lesión potencial realmente ocurra; y
- Si las modificaciones razonables de políticas, prácticas o procedimientos, o la provisión de ayudas o servicios auxiliares mitigarán el riesgo.
3
Consulta del personal : cuando no es obvio o aparente qué servicio, tarea o trabajo realiza el perro, el personal puede hacer solo dos preguntas:
- ¿Se requiere que el perro sea un animal de servicio debido a una discapacidad? Y
- ¿Para qué trabajo o tarea ha sido entrenado el perro?
- Según la ADA, el personal debe confiar en la palabra del patrón y en que el perro es un animal de servicio y en la descripción del servicio, tarea o trabajo que realiza.
- El personal debe utilizar la cadena de mando si existe la preocupación de que el animal de servicio represente una amenaza directa o alteraría fundamentalmente los servicios prestados por la propiedad.
4
El personal no debe:
- Preguntar sobre la naturaleza o el alcance de la discapacidad de la persona;
- Requerir documentación para respaldar el estado del animal de servicio (es decir, tarjeta de identificación, prueba de certificación y capacitación);
- Pídale al perro que demuestre la capacidad de realizar un servicio, tarea o trabajo;
- Rechazar el acceso basado en alergias y miedo a los perros;
- Tratar a los clientes con animales de servicio de manera menos favorable;
- Acaricie al animal de servicio (puede distraerlo de las tareas asignadas);
- Alimentar, limpiar, asear o cuidar al animal de servicio;
- Pida al cliente que retire al animal de servicio de las instalaciones, a menos que se haya completado una evaluación individualizada de amenaza directa.
5
Requisitos para los animales de servicio: los animales de servicio deben estar bajo el control del guía en todo momento a través de al menos uno de los siguientes:
- Aprovechar
- Correa
- Atar
- Control de voz
- Control de movimiento/señal
- Otros controles efectivos
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Excepción: no es necesario utilizar los dispositivos enumerados anteriormente si:
- Interferir con el trabajo del animal de servicio; o
- La discapacidad de una persona impide el uso de estos dispositivos
6
Razones legítimas para retirar al animal de servicio
- El perro representa una amenaza directa para la salud o la seguridad de los clientes y/o el personal que no puede eliminarse mediante una modificación razonable de las políticas, prácticas o procedimientos de la propiedad o la provisión de servicios auxiliares;
- El perro altera fundamentalmente la naturaleza de los bienes, servicios, facilidades, privilegios, ventajas o acomodaciones que el inmueble brinda al público;
- El perro está fuera de control y el guía no toma medidas efectivas para controlarlo;
- Interrupción (ladrar, correr, saltar);
- Comportamiento agresivo (morder, embestir);
- El perro no está domesticado.
- El perro tiene mala higiene.
- El perro está enfermo.
7
Caballos Miniatura (MH)
- Según la ADA, un caballo en miniatura debe acomodarse como un animal de servicio aquí de manera razonable y si se entrena individualmente para trabajar o realizar tareas para personas con discapacidades.
- El gerente del hotel o el empleado de mayor rango en servicio en ese momento en la propiedad debe completar una evaluación individualizadapara determinar si se puede acomodar al animal de servicio. Los cuatro (4) factores de evaluación son:
- Si el MH está domesticado;
- Si el MH está bajo el control del conductor o del manejador;
- Si la instalación puede acomodar el tipo, tamaño y peso del animal de servicio; y
- Si la presencia del MH no comprometerá los requisitos legítimos de seguridad necesarios para operaciones seguras.
Cumplimiento
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